Control documental y de acceso de contratistas

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Actividades accesorias o coadyuvantes: qué cambió con la reforma

La Ley 27.802 dejó escrito en el artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo algo que antes discutían los tribunales: las actividades accesorias o coadyuvantes quedan fuera de la responsabilidad solidaria de la empresa principal. En parte es un alivio, pero la línea entre lo específico y lo accesorio no es obvia, y clasificar mal una tarea sale caro.

¿Qué dice ahora la ley?

Que el régimen de control y solidaridad del artículo 30 alcanza a los trabajos o servicios de la actividad normal y específica propia del establecimiento, dentro de su ámbito. Las actividades accesorias o coadyuvantes quedan excluidas expresamente.

Ver: el nuevo artículo 30.

¿Qué cambió respecto de antes?

Antes la ley hablaba de la actividad normal y específica, y los tribunales la leían de dos formas: una estricta, que dejaba afuera lo que no integraba el proceso productivo, y una amplia, que incluía todo lo necesario para que el establecimiento funcione. La reforma toma partido por la lectura estricta.

La Corte Suprema había adoptado una lectura estricta en el caso “Rodríguez c/ Compañía Embotelladora Argentina”, de 1993, y años después dejó en manos de los tribunales de cada caso decidir cuándo había actividad específica. En la práctica, muchos fallos aplicaron la solidaridad a la limpieza, la vigilancia o el comedor. Eso es lo que la reforma busca evitar, al menos en el texto.

¿Cómo se distingue lo específico de lo accesorio?

Preguntándose si la tarea forma parte de lo que su establecimiento produce o presta. Si sin ella su proceso se detiene o cambia de naturaleza, es probablemente específica. Si ayuda, pero su producto sería el mismo sin ella, es probablemente accesoria.

Suele ser específicoSuele ser accesorioDepende
Operar una línea de producciónJardineríaLimpieza en una planta de alimentos
Mantenimiento de equipos de procesoComedor del personalLogística interna en un centro de distribución
Carga y descarga en un depósito logísticoLimpieza de oficinasVigilancia en una empresa de caudales

La misma tarea puede ser accesoria en un establecimiento y específica en otro. Ver: limpieza, vigilancia y mantenimiento después de la Ley 27.802.

¿Qué sigue rigiendo aunque la tarea sea accesoria?

Varias cosas. La exclusión es del artículo 30, no de todas sus obligaciones. Si el contratista es de papel, puede aplicarse el artículo 29 por interposición fraudulenta. Y las obligaciones de higiene y seguridad sobre su sitio siguen siendo suyas, cualquiera sea la tarea.

  • El fraude: un contratista sin medios propios ni organización, que solo pone gente bajo sus órdenes, no es un contratista.
  • La higiene y seguridad: un accidente en su sitio se analiza también con la Ley 19.587. Ver: seguridad e higiene de contratistas.
  • La responsabilidad civil: si el daño viene de su instalación, la calificación de la tarea no cambia nada.

¿Conviene controlar distinto a los contratistas accesorios?

No. Las lecturas van a diferir hasta que se acumulen fallos, y el costo de clasificar mal es mucho mayor que el de controlar de más. Lo práctico es aplicar la misma lista a todos y dejar la discusión sobre qué era específico para el día que alguien la plantee.

Además, un contratista puede cambiar de lado sin que nadie lo note: la empresa de limpieza de oficinas que empieza a limpiar también la línea de envasado. Si controla a todos igual, ese cambio no le abre un hueco.

¿Cuáles son los errores más comunes?

Dejar de pedir papeles a limpieza y vigilancia porque “ya no corresponde”, clasificar por el nombre del servicio y no por lo que realmente hace en su sitio, no revisar la clasificación cuando cambia la tarea, y confiar en la exclusión cuando el contratista no tiene autonomía real.

¿Cómo se controla a los contratistas accesorios en Auditans?

Auditans no decide si una tarea es específica o accesoria. Le permite aplicar la misma lista de requisitos a todos los contratistas de un sitio, o pedir algo extra solo en los contratos que lo justifican, y conservar la prueba de cada control: quién envió cada documento, quién lo revisó y cuándo.

  • Lo común se pide a todos; lo particular, en el contrato que corresponde.
  • Una corrección es un envío nuevo, y el anterior queda en el registro tal como llegó.
Pedir una demostración

Agende una demostración y le mostramos cómo aplicar la misma lista a todos sus contratistas.

También puede escribir a [email protected] contándonos cuántos sitios y cuántos contratistas tiene.

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