Contratistas del exterior: qué pedir
El técnico del fabricante que viene a poner en marcha una línea, el equipo extranjero que hace la parada de planta, el especialista que llega por dos semanas. Son contratistas como cualquier otro, pero casi ninguno de los papeles habituales encaja: no tienen alta temprana, no presentan F.931 y su ART no existe. Hay que pedir otra cosa, y conviene saber qué antes de que aterricen.
¿Cómo opera la empresa extranjera en el país?
Es la primera pregunta. Puede trabajar a través de una sucursal o filial registrada en Argentina, a través de un representante local, o directamente desde el exterior con personal desplazado. Cada forma cambia qué papeles puede presentar y quién es el empleador de la gente que entra a su sitio.
| Forma | Qué implica para el control |
|---|---|
| Filial o sucursal local | Tiene CUIT y puede ser empleador en el país: se controla como un contratista local |
| Representante o socio local | El empleador puede ser el socio local: pida sus papeles y aclare quién emplea a quién |
| Personal desplazado desde el exterior | El empleador está afuera: se piden los papeles del país de origen y los migratorios |
Cuando hay una filial o un socio local, el control es el de cualquier contratista del país. Ver: artículo 30 LCT después de la Ley 27.802. El caso difícil es el de la gente que llega desplazada.
¿Qué situación migratoria necesita cada persona?
Una que le permita trabajar en Argentina. Entrar como turista no habilita a trabajar. La Ley de Migraciones prohíbe dar trabajo a extranjeros que no estén habilitados, y la sanción alcanza a quien les da ocupación. Pida, para cada persona, el documento migratorio que la habilita para la tarea y el plazo.
Para estadías cortas de técnicos existen categorías migratorias específicas. Qué categoría corresponde lo define la empresa extranjera con su asesor migratorio; a usted le toca pedir la constancia y revisar que el plazo cubra el trabajo.
¿Qué pasa con la seguridad social?
Depende del país de origen. Argentina tiene convenios de seguridad social con varios países que permiten al trabajador desplazado seguir aportando en su país por un tiempo, con un certificado de desplazamiento. Si no hay convenio, la situación es más compleja y conviene verla con un asesor.
Lo práctico: pregunte de qué país viene la gente, si hay convenio y pida el certificado de desplazamiento de cada persona. Ese certificado es, para un desplazado, lo más parecido al alta y al F.931 de un trabajador local.
¿Quién cubre un accidente?
Un empleador sin presencia en el país no puede contratar una ART argentina. En ese caso se pide una cobertura de accidentes y de asistencia médica que incluya expresamente el trabajo en Argentina, con sumas acordes y con la inclusión de su empresa que acuerde su asesor.
- Que la póliza cubra trabajo en Argentina, no solo viajes.
- Que no excluya la tarea, por ejemplo trabajos eléctricos o en altura.
- Que haya un prestador o un mecanismo de pago en el país.
Ver: accidentes personales para monotributistas y seguro de responsabilidad civil del contratista.
¿Hay que pedir traducciones?
Para el control del día a día, alcanza con que su revisor entienda el documento. Si va a tener que usarlo en un reclamo, lo seguro es una traducción pública y, para documentos oficiales del exterior, la apostilla. Defina antes qué documentos pide traducidos y cuáles acepta en el original.
¿Y la seguridad en su sitio?
Igual que para todos. La inducción, los permisos de trabajo y las capacitaciones específicas de su sitio no cambian porque la persona venga de afuera. Si no habla español, asegúrese de que la inducción la entienda, con traducción si hace falta, y deje registro de eso.
¿Cuáles son los errores más comunes?
Dejar entrar a técnicos con visa de turista, pedirles una ART que no pueden tener y terminar sin ninguna cobertura, no preguntar quién es el empleador, aceptar pólizas de viaje que excluyen el trabajo, y dar la inducción en un idioma que la persona no entiende.
¿Cómo se registra a una empresa del exterior en Auditans?
En Auditans la empresa extranjera se registra como una firma más, con su contrato. Una pregunta, como si trae personal desplazado desde el exterior, decide que se le pidan la constancia migratoria y el certificado de desplazamiento de cada persona, y su póliza. Cada documento que su empresa marca para revisión lo aprueba o lo rechaza una persona de su equipo, con su nombre.
- Lo propio de una empresa del exterior no se le pide al resto de los contratistas.
- El plazo migratorio de cada persona es un vencimiento más, y entra en el aviso semanal a los usuarios de la firma.