Contratistas monotributistas: qué pedirles
A un monotributista que trabaja solo no se le puede pedir lo mismo que a una empresa con empleados: no tiene ART ni presenta F.931. Lo que se le pide es la prueba de que está inscripto y al día, un seguro de accidentes personales que lo cubra y lo que exija su tarea. Si tiene empleados, se suma todo lo de un empleador.
¿Qué cambia con un monotributista?
Cambia la cobertura y la prueba de los aportes. Un monotributista sin empleados no está cubierto por una ART, porque no es empleado de nadie; y sus aportes van en la cuota mensual del monotributo, no en un F.931. Hay que pedir otros papeles que prueben lo mismo.
El riesgo es el mismo: si un electricista monotributista se cae de una escalera, el accidente ocurre en su planta. Por eso la cobertura se pide igual, en otro formato.
¿Qué se le pide a un monotributista que trabaja solo?
La constancia de inscripción en el monotributo, el comprobante de pago de la cuota de cada mes, un seguro de accidentes personales con su empresa como beneficiaria, y lo que pida su tarea: apto médico, capacitaciones, habilitaciones o matrícula.
| Documento | Qué revisar | Cada cuánto |
|---|---|---|
| Constancia de inscripción en el monotributo | CUIT, categoría y actividad relacionada con el trabajo | Al alta y una vez por año |
| Comprobante de pago de la cuota | Que corresponda al mes y a su CUIT | Todos los meses |
| Seguro de accidentes personales | Vigencia, sumas por muerte e incapacidad, gastos médicos, su empresa como beneficiaria | Al vencer la póliza |
| Apto médico | Apto para la tarea | Según su plazo |
| Capacitaciones e inducción | Las de su tarea y la del sitio | Según cada una |
| Habilitaciones o matrícula | Vigentes y a su nombre | Al vencer |
Las sumas mínimas del seguro de accidentes personales las fija usted. Conviene escribirlas en el requisito, para que el revisor no tenga que decidirlas cada vez. Ver: accidentes personales para monotributistas.
¿Y si el monotributista tiene empleados?
Entonces es empleador y se le pide lo que a cualquier empleador por su gente: ART con nómina y cláusula de no repetición, F.931 con su pago, seguro de vida obligatorio y la documentación de cada empleado. Para él mismo, sigue valiendo el seguro de accidentes personales.
La forma más simple de no equivocarse es preguntarlo al alta: “¿Tiene empleados?”. Si responde que sí, se activan los requisitos de empleador; si responde que no, no se le piden. Ver: la matriz documental de contratistas.
¿Hay algún riesgo particular con los monotributistas?
Sí: que la relación sea en realidad de dependencia. Un monotributista que trabaja todos los días, con horario fijo, solo para su empresa y bajo sus órdenes puede terminar reclamado como empleado. Eso no se resuelve con papeles de seguridad, pero conviene que su área legal lo sepa.
El otro riesgo es el de la persona que dice trabajar sola y trae a un ayudante. El ayudante no tiene cobertura. En la portería, cada persona tiene que estar registrada y habilitada por sí misma.
¿Cuáles son los errores más comunes?
Pedirle un certificado de ART que no puede tener, aceptar la constancia de inscripción sin pagos al día, no fijar las sumas del seguro de accidentes personales, no preguntar si tiene empleados y dejar entrar a sus ayudantes sin registrarlos.
Para quien viene una sola vez, como un técnico para una reparación, ver: contratistas de un solo día.
¿Cómo se le piden los requisitos a un monotributista en Auditans?
En Auditans una pregunta, como si el contratista tiene empleados, decide qué otros requisitos se le piden. Al monotributista sin empleados se le piden los suyos, como la constancia y el seguro de accidentes personales, y no los de empleador.
- La cuota se pide con un requisito mensual, que abre uno nuevo cada mes, y los anteriores quedan en el registro.
- Si suma un ayudante, se lo da de alta y se le pide lo suyo antes de entrar.