# Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas

Versión 1.0 · Actualizado el 21 de mayo de 2026

Un modelo del reglamento que la empresa principal confecciona para las empresas contratistas y subcontratistas de su faena, escrito como el documento propio de una empresa y listo para adaptar. Sigue uno por uno los seis contenidos que exige el Decreto Supremo N° 76 y trae cuatro anexos para completar. Reemplaza los textos entre corchetes por los cargos, los plazos y las reglas de tu faena antes de entregarlo.

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## La plantilla

## Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas

| Código | Versión | Vigente desde | Elaboró | Revisó | Aprobó |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |

Los textos entre corchetes se reemplazan por los cargos, los plazos y las reglas de la empresa antes de ponerlo en vigencia. Un ejemplar se entrega a cada empresa contratista y subcontratista antes del inicio de sus labores.

### 1. Objeto

Este Reglamento Especial establece las acciones de coordinación de las actividades preventivas entre **[Razón social de la empresa]** (en adelante, «la Empresa») y las empresas contratistas y subcontratistas que trabajan en **[nombre de la obra, faena o servicio]**, los mecanismos con que la Empresa verifica su cumplimiento y las sanciones que se aplican, con el fin de garantizar a todos los trabajadores condiciones de higiene y seguridad adecuadas, cualquiera sea su dependencia.

Se dicta conforme al artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 y al Decreto Supremo N° 76, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y forma parte del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la faena (en adelante, «el Sistema de Gestión de la SST»).

### 2. Alcance y obligatoriedad

Este reglamento es obligatorio para toda empresa contratista o subcontratista que ejecute obras o preste servicios en la faena, para sus trabajadores y para el personal que la represente.

No reemplaza las obligaciones que cada empresa tiene como empleadora respecto de sus propios trabajadores, ni su reglamento interno, ni la normativa vigente. En caso de diferencia se aplica la exigencia mayor.

La empresa contratista entrega este reglamento a sus subcontratistas, responde ante la Empresa por su cumplimiento y deja constancia de esa entrega.

### 3. Definiciones

| Término | Significado en este reglamento |
| --- | --- |
| Empresa principal o mandante | La Empresa, dueña de la obra, faena o servicio. |
| Empresa contratista | La que, por un acuerdo contractual con la Empresa, ejecuta obras o servicios por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia. |
| Empresa subcontratista | La que ejecuta obras o servicios para una empresa contratista dentro de la faena. |
| Faena | El lugar donde se ejecutan las obras o servicios: **[describir]**. |
| Organismo administrador | La mutualidad de empleadores o el Instituto de Seguridad Laboral al que está afiliada cada empresa, conforme a la Ley N° 16.744. |
| Encargado de los trabajos | La persona que cada empresa contratista designa para dirigir sus tareas en la faena y relacionarse con la Empresa. |
| Registro de la faena | El registro actualizado de antecedentes que la Empresa mantiene en la faena, en papel o en soporte digital. |

### 4. Encargados del Sistema de Gestión de la SST

Las siguientes personas son las encargadas de implementar y mantener en funcionamiento el Sistema de Gestión de la SST en la faena:

| Función | Cargo y nombre | Responde por |
| --- | --- | --- |
| Responsable del Sistema de Gestión de la SST | [cargo y nombre] | La implementación del sistema en la faena, su funcionamiento y su revisión. |
| Prevención de riesgos de la faena | [cargo y nombre] | La coordinación de las actividades preventivas, las inspecciones, la investigación de los accidentes y el registro de la faena. |
| Administrador del contrato | [cargo y nombre, por contrato] | La relación con cada empresa contratista, la entrega de este reglamento y la aplicación de las sanciones. |
| Encargado de los trabajos de cada contratista | [lo informa cada empresa] | El cumplimiento de este reglamento por su empresa y por sus subcontratistas. |

Cada función tiene un reemplazo designado. Los cambios se informan a las empresas contratistas en la siguiente reunión de coordinación.

### 5. Coordinación de las actividades preventivas

La Empresa coordina las actividades preventivas de todos los empleadores presentes en la faena. Esa coordinación no releva a cada empleador de sus obligaciones con sus propios trabajadores.

#### 5.1 Situaciones que ameritan coordinación

- El inicio de los trabajos de una empresa contratista o subcontratista.
- Los trabajos simultáneos de dos o más empresas en un mismo lugar, o los de una empresa que afectan a otra.
- Las tareas de alto riesgo: **[trabajo en altura, espacios confinados, trabajos en caliente, izaje, excavaciones, intervención de equipos energizados, otras que defina la Empresa]**.
- Los cambios en el programa de trabajo, en los procesos o en las condiciones del lugar.
- Las emergencias, los accidentes del trabajo y los incidentes de alto potencial.

#### 5.2 Reuniones

| Reunión | Participan | Frecuencia | Registro |
| --- | --- | --- | --- |
| De inicio | Administrador del contrato, prevención de riesgos de la faena y encargado de los trabajos | Antes del primer ingreso | Acta (anexo 4) |
| De coordinación | Prevención de riesgos de la faena y los encargados de los trabajos de cada empresa | [semanal] | Acta (anexo 4) |
| De comités paritarios y departamentos de prevención | Los comités paritarios y los departamentos de prevención de riesgos de las empresas presentes | [mensual] | Acta (anexo 4) |
| Extraordinaria | Quienes cite la Empresa | Ante un accidente o un cambio relevante | Acta (anexo 4) |

#### 5.3 Intercambio de información

La Empresa informa a cada empresa contratista los riesgos de la faena, las medidas de control, los planes de emergencia y las normas de este reglamento antes del inicio de sus labores, y cada vez que cambian.

Cada empresa contratista entrega, antes del inicio y cada vez que cambian, los datos que la Empresa incorpora al registro de la faena (anexo 2): su RUT y razón social, su organismo administrador, el nombre del encargado de los trabajos, el número de trabajadores y las fechas estimadas de inicio y de término de cada trabajo.

La Empresa puede solicitar a las empresas contratistas y subcontratistas información sobre su siniestralidad laboral.

Las comunicaciones se hacen por **[correo electrónico a las direcciones informadas, libro de obra, sistema de la Empresa]** y quedan registradas.

#### 5.4 Acceso de los organismos administradores

Los organismos administradores de la Ley N° 16.744 de cada empresa pueden ingresar a la faena para prestar asistencia técnica, investigar accidentes o prescribir medidas. La empresa contratista avisa la visita a **[prevención de riesgos de la faena]** con **[24 horas]** de anticipación, salvo en una emergencia, y entrega copia de las medidas prescritas para que se incorporen al registro de la faena.

### 6. Obligación de informar

Toda empresa contratista o subcontratista informa a la Empresa, por intermedio de su encargado de los trabajos:

- Cualquier condición que implique riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores, apenas la detecte.
- La ocurrencia de cualquier accidente del trabajo, de inmediato y por el medio más rápido, y por escrito dentro de **[24 horas]** (anexo 3).
- El diagnóstico de cualquier enfermedad profesional de un trabajador que se desempeña en la faena.
- Los incidentes que pudieron causar lesiones graves, aunque no haya habido lesionados.

El aviso a la Empresa no reemplaza las denuncias, las comunicaciones ni las demás obligaciones que la ley impone a cada empleador ante un accidente del trabajo o una enfermedad profesional.

### 7. Obligaciones de las empresas contratistas y subcontratistas

- Cumplir la normativa de higiene y seguridad, este reglamento y los procedimientos de la faena que la Empresa le entregue.
- Mantener a todos sus trabajadores con contrato de trabajo escrito, afiliados a su organismo administrador y con sus cotizaciones al día.
- Informar a cada trabajador los riesgos de su puesto, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos antes de que inicie sus labores, y conservar la constancia.
- Entregar a sus trabajadores, sin costo para ellos, los elementos de protección personal que la tarea requiere, y controlar su uso.
- Designar un encargado de los trabajos presente en la faena mientras su personal esté trabajando.
- Contar con la asesoría en prevención de riesgos que la ley le exija según su tamaño y actividad, y con la que la Empresa pida en el contrato: **[describir]**.
- Presentar la documentación de la empresa, de sus trabajadores y de sus vehículos y equipos que la Empresa exige para ingresar, y mantenerla vigente.
- Participar en las reuniones de coordinación y en el Comité Paritario de Faena, cuando se constituya.
- Cumplir las medidas que prescriban la Empresa, su organismo administrador y las entidades fiscalizadoras, en el plazo indicado.
- Detener una tarea cuando exista un riesgo grave e inminente para la vida o la salud de los trabajadores, e informar a la Empresa.

### 8. Prohibiciones

Con la finalidad de evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, se prohíbe a las empresas contratistas y subcontratistas, y a sus trabajadores:

- Ingresar a la faena personas, vehículos o equipos que no estén acreditados por la Empresa.
- Iniciar una tarea de alto riesgo sin el permiso de trabajo o la autorización que la Empresa exige.
- Trabajar o permitir que se trabaje bajo los efectos del alcohol o de drogas.
- Retirar, anular o modificar protecciones, bloqueos, señales o dispositivos de seguridad.
- Operar equipos, vehículos o instalaciones sin estar autorizado y capacitado para ello.
- Ingresar a áreas restringidas o ajenas al trabajo contratado sin autorización.
- Subcontratar trabajos sin informarlo antes a la Empresa.
- Ocultar un accidente, un incidente o una condición de riesgo.
- **[Otras prohibiciones propias de la faena]**.

### 9. Verificación del cumplimiento

La Empresa verifica el cumplimiento de este reglamento por los siguientes mecanismos:

| Mecanismo | Quién lo hace | Frecuencia | Registro |
| --- | --- | --- | --- |
| Auditorías periódicas | [prevención de riesgos de la faena o un tercero] | [semestral] | Informe de auditoría |
| Inspecciones planeadas | [prevención de riesgos de la faena y supervisores] | [semanal] | Lista de verificación firmada |
| Revisión de la documentación | [área que acredita a los contratistas] | Al ingreso y cada mes | Registro de acreditación |
| Informes del Comité Paritario de Faena | Comité Paritario de Faena | [mensual] | Acta del comité |
| Informes del Departamento de Prevención de Riesgos | Departamento de Prevención de Riesgos | [mensual] | Informe |
| Informes del organismo administrador | Organismo administrador de la Ley N° 16.744 | Cuando visita la faena | Informe y medidas prescritas |

Cada hallazgo se comunica por escrito al encargado de los trabajos, con un plazo para corregirlo. La Empresa comprueba la corrección y la registra.

### 10. Sanciones

Las infracciones a este reglamento se sancionan según su gravedad y su repetición, sin perjuicio de las sanciones que apliquen las entidades fiscalizadoras y de lo que disponga el contrato.

| Infracción | Ejemplos | Sanción |
| --- | --- | --- |
| Leve | [Documentación presentada fuera de plazo; inasistencia a una reunión de coordinación] | [Amonestación escrita al encargado de los trabajos y plazo para corregir] |
| Grave | [Trabajador sin elementos de protección personal; tarea sin permiso de trabajo; reiteración de una infracción leve] | [Suspensión de la tarea hasta corregir, retiro de la persona de la faena y multa de [monto] según el contrato] |
| Gravísima | [Ocultar un accidente; ingresar personas no acreditadas; anular un bloqueo; trabajar bajo los efectos del alcohol o de drogas] | [Suspensión de los trabajos de la empresa, multa de [monto] y evaluación del término anticipado del contrato] |

Toda sanción se comunica por escrito, con el hecho, la fecha y la norma infringida, y queda en el registro de la faena. La empresa contratista puede presentar sus descargos dentro de **[3]** días hábiles ante **[cargo]**.

### 11. Entrega, vigencia y modificaciones

Un ejemplar de este reglamento se entrega a cada empresa contratista y subcontratista antes del inicio de sus labores en la faena, con la constancia del anexo 1. Una copia del reglamento y de cada constancia se incorpora al registro de la faena.

Este reglamento rige desde **[fecha]** y mientras dure la faena. La Empresa lo revisa **[una vez al año]** y cada vez que cambian la normativa, los procesos o los riesgos de la faena. Cada modificación se entrega a las empresas contratistas con una nueva constancia.

### Anexo 1. Constancia de recepción del Reglamento Especial

La empresa que firma declara haber recibido un ejemplar del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de **[Razón social de la empresa]** antes del inicio de sus labores en la faena, conocer su contenido y obligarse a cumplirlo y a hacerlo cumplir por sus trabajadores y por sus subcontratistas.

- Empresa contratista o subcontratista
- RUT
- Contrato o servicio
- Faena
- Versión del reglamento recibida
- Fecha de recepción

- Representante de la empresa contratista (firma, nombre y RUT)
- Por la Empresa (firma, nombre y cargo)

### Anexo 2. Datos de la empresa para el registro de la faena

Los completa cada empresa contratista o subcontratista antes del inicio y los actualiza cada vez que cambian.

- Razón social
- RUT
- Organismo administrador de la Ley N° 16.744
- Encargado de los trabajos
- Teléfono del encargado
- Número de trabajadores en la faena
- Empresa para la que trabaja (si es subcontratista)
- Contrato o servicio

| Trabajo o tarea específica | Fecha estimada de inicio | Fecha estimada de término |
| --- | --- | --- |

- Representante de la empresa (firma y nombre)

### Anexo 3. Aviso de condición de riesgo, accidente o enfermedad profesional

- Empresa que informa
- Informó (nombre y cargo)
- Fecha y hora del aviso
- Lugar de la faena

Qué se informa: ☐ Condición de riesgo   ☐ Accidente del trabajo   ☐ Incidente sin lesionados   ☐ Diagnóstico de enfermedad profesional

| Descripción de lo ocurrido o de la condición detectada |
| --- |

- Trabajador afectado (nombre y RUT)
- Empresa del trabajador

| Medidas inmediatas tomadas | Responsable | Fecha |
| --- | --- | --- |

- Encargado de los trabajos (firma y nombre)
- Recibió por la Empresa (firma y nombre)

### Anexo 4. Acta de reunión de coordinación

- Fecha y hora
- Lugar
- Tipo de reunión
- Dirigió

| Asistente | Empresa | Cargo | Firma |
| --- | --- | --- | --- |

| Tema tratado o acuerdo | Responsable | Plazo |
| --- | --- | --- |

## ¿Qué debe contener el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas?

Seis cosas, según el artículo 13 del Decreto Supremo N° 76: quiénes implementan y mantienen el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, las acciones de coordinación entre los empleadores, la obligación de los contratistas de informar riesgos, accidentes y enfermedades profesionales, las prohibiciones, los mecanismos para verificar el cumplimiento y las sanciones.

El modelo dedica un capítulo a cada contenido, en el mismo orden, para que quien lo revise encuentre cada exigencia en su lugar.

## ¿Cuándo es obligatorio tener un Reglamento Especial?

Cuando la empresa principal debe implementar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en la obra, faena o servicio, es decir, cuando los trabajadores involucrados, cualquiera sea su dependencia, suman más de 50. El reglamento es parte de ese sistema y es obligatorio para las empresas contratistas y subcontratistas.

Así lo disponen el artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 y los artículos 7 y 11 del Decreto Supremo N° 76. El mismo decreto pide un Comité Paritario de Faena cuando los trabajadores de la faena, de cualquier empresa, son más de 25 durante más de treinta días corridos. Una empresa mandante puede entregar un reglamento también en faenas más pequeñas, como parte del contrato.

## ¿Cuándo se entrega el reglamento al contratista?

Antes de que inicie sus labores en la obra, faena o servicio. Una copia se incorpora al registro de antecedentes de la faena, con la constancia de su entrega.

El anexo 1 del modelo es esa constancia. Si la pides junto con la [carpeta de arranque](https://auditans.com/cl/recursos/carpeta-de-arranque-para-contratistas), nadie entra a la faena sin haber recibido el reglamento. Este modelo no reemplaza la normativa ni el estándar de tu operación, y tenerlo no es una garantía de cumplimiento.

## Para leer más

- [Ley de Subcontratación (Ley 20.123): cuándo la empresa principal responde solidaria o subsidiariamente](https://auditans.com/cl/blog/ley-de-subcontratacion-20123)
- [Qué documentos pedir a un contratista en Chile: checklist mensual](https://auditans.com/cl/blog/documentos-contratista-chile-checklist-mensual)
- [Carpeta de arranque para contratistas](https://auditans.com/cl/recursos/carpeta-de-arranque-para-contratistas)
- [Procedimiento de acreditación de contratistas](https://auditans.com/cl/recursos/procedimiento-de-acreditacion-de-contratistas)
- [Todas las plantillas de control de contratistas](https://auditans.com/cl/recursos)

## Cómo se hace en Auditans

En Auditans la entrega de un documento como este es un requisito de la empresa contratista: tu empresa lo define una vez, el contratista envía su constancia firmada y una persona de tu equipo la aprueba o la rechaza, con su nombre y la fecha.

Si marcas el requisito como obligatorio para ingresar, la portería ve que la empresa no está habilitada hasta que la constancia esté aprobada, y el contratista ve qué le falta.

## Agenda una demostración y te mostramos los requisitos de tus contratistas en Auditans.

También puedes escribir a [soporte@auditans.com](mailto:soporte@auditans.com) y contarnos cuántas faenas y cuántos contratistas tienes.

[Pedir una demostración](mailto:soporte@auditans.com?subject=Pedir%20una%20demostraci%C3%B3n). Te escribimos para acordar el día y la hora de la demostración.
