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Capacitaciones obligatorias para contratistas: Ley 29783 y Anexo 6 minero

El registro de capacitaciones por trabajador tiene que permitir saber si una persona tiene vigente la capacitación que exige su tarea. La Ley 29783 obliga a cada empleador a capacitar a su personal, y a la empresa principal a vigilar que sus contratistas lo hagan. En minería, el Anexo 6 del reglamento de seguridad fija además una matriz básica de cursos.

¿Qué capacitaciones exige la Ley 29783?

Exige al empleador no menos de cuatro capacitaciones al año en seguridad y salud en el trabajo, además de capacitar a cada trabajador cuando ingresa, cuando cambia de puesto y cuando cambian las tecnologías o los riesgos de su tarea. Se dan dentro de la jornada y sin costo para el trabajador.

Esa obligación es de la contratista, como empleadora de su gente. La de la empresa principal está en el artículo 68: vigilar que sus contratistas cumplan la normativa de seguridad y salud en sus instalaciones. Ver: Ley 29783 y contratistas.

Por eso, lo que usted le pide a la contrata es la constancia de que capacitó a cada trabajador, no que usted lo capacite.

¿Qué agrega el Anexo 6 en minería?

Agrega una matriz básica de capacitación en seguridad y salud ocupacional minera: una lista de cursos con sus horas mínimas, que se asignan a cada trabajador según su puesto. Rige para el personal del titular minero y para el de sus empresas contratistas.

La matriz está en el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por el Decreto Supremo 024-2016-EM y modificado por el Decreto Supremo 023-2017-EM. Antes de la capacitación anual, toda persona nueva pasa por la inducción. Ver: inducción de contratistas, Anexo 4 y Anexo 5.

Cada unidad minera adapta la matriz a sus puestos en su programa anual de capacitación. Pida a la unidad la versión vigente antes de exigirla a sus contratas.

¿Cuáles define cada empresa?

Las que dependen de sus riesgos: los cursos para trabajos de alto riesgo, el manejo de sustancias peligrosas, la operación de equipos y lo que cada sede considere necesario. La ley fija el deber general, y la empresa principal decide qué capacitación exige para cada tarea.

CapacitaciónA quién se le pide
Inducción de la sedeToda persona que ingresa
Trabajo en alturaQuien trabaja en altura
Espacios confinadosQuien ingresa a ellos y quien vigila desde afuera
Trabajos en calienteSoldadores, esmeriladores y vigías
Bloqueo y etiquetado de energíasPersonal de mantenimiento
Manejo defensivoConductores
Primeros auxilios y respuesta a emergenciasLos que defina el plan de la sede

La tabla es un ejemplo. Cada cuánto se repite cada curso lo fija el procedimiento de su sede.

¿Qué constancia hay que pedir?

Una por trabajador y por curso, con el tema, la fecha, las horas, quién lo dictó y la firma del trabajador. Una lista de asistencia de la contrata sin el contenido no muestra qué aprendió cada persona.

Si el curso tuvo evaluación, pida la nota. Y si el procedimiento de su sede fija una vigencia, registre la fecha en que hay que repetirlo.

¿Cuándo se verifica?

En dos momentos: en la garita, cuando la capacitación es requisito para ingresar, y al firmar un permiso de trabajo, cuando es requisito para una tarea.

Si la capacitación está en una planilla que la garita no ve, la persona ingresa igual. Y para el segundo momento, el registro tiene que estar a mano de quien firma el permiso. Ver: PETAR, ATS y PETS.

¿Cuáles son los errores más comunes?

Aceptar una lista de asistencia en lugar de una constancia por persona, no registrar cuándo se repite el curso, pedir todos los cursos a todos y no enlazar la capacitación con la tarea que la persona hace.

¿Cómo se registran las capacitaciones en Auditans?

En Auditans una capacitación se pide de dos formas: como un documento, cuando la dicta la contratista o un tercero y lo que se sube es la constancia, o como un curso propio, con su contenido, un examen con nota mínima y la firma de quien lo rinde.

  • Cada requisito se pide solo a quien le corresponde: por sede, por contrato, por tipo de persona o según lo que la contrata declara sobre la tarea.
  • Con un plazo de vigencia, la fecha de repetición se calcula desde la fecha de la constancia.
  • Si es obligatoria para ingresar, una capacitación vencida deja de habilitar en la garita.

Auditans no trae cargada la matriz del Anexo 6: los cursos los define usted.

Para leer más

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También puede escribir a [email protected] contándonos cuántas sedes y cuántos contratistas tiene.

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