Ley de tercerizaciones (Leyes 18.099 y 18.251): cuándo la empresa principal responde en forma solidaria y cuándo subsidiaria
En Uruguay, la empresa que usa subcontratistas, intermediarios o suministradoras de mano de obra responde en forma solidaria por los sueldos, los aportes y el seguro de accidentes de esos trabajadores. Así lo dispone la Ley 18.099. La Ley 18.251 agrega que, si la principal hace efectivo su derecho a ser informada sobre el cumplimiento del contratista, pasa a responder en forma subsidiaria. El control reduce la responsabilidad, no la elimina.
¿Qué dicen las Leyes 18.099 y 18.251?
La Ley 18.099, promulgada el 24 de enero de 2007, hace responsable solidario a todo patrono o empresario que utilice subcontratistas, intermediarios o suministradores de mano de obra. La Ley 18.251, promulgada el 6 de enero de 2008, define esas figuras, le da a la principal el derecho a ser informada y establece que, si lo ejerce, su responsabilidad es subsidiaria.
Las dos leyes se leen juntas y en la práctica se las llama “ley de tercerizaciones”. El Estado y los organismos públicos también quedan comprendidos cuando usan estas modalidades.
¿Por qué obligaciones responde la empresa principal?
Por las obligaciones laborales del contratista con los trabajadores contratados, por las contribuciones a la seguridad social, por la prima del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y por las sanciones y recuperos que se le adeuden al Banco de Seguros del Estado en relación con esos trabajadores.
La Ley 18.251 precisa el alcance en su artículo 7:
- Las obligaciones laborales son las que surgen de normas internacionales ratificadas, leyes, decretos, laudos o decisiones de los Consejos de Salarios y convenios colectivos registrados.
- Las de seguridad social son las contribuciones especiales, patronales y personales, y quedan afuera las multas, los recargos, los impuestos y los adicionales.
- Las sanciones administrativas por infracciones laborales no están incluidas: se fijan según el grado de responsabilidad de cada empresa.
¿Hasta dónde llega esa responsabilidad?
Está limitada a las obligaciones devengadas durante el período de la subcontratación, la intermediación o el suministro, y al personal comprendido en ellos. Si una obligación se calcula sobre un período más largo, la principal responde como máximo por lo que se habría devengado si esos trabajadores hubieran trabajado directamente para ella.
Ese límite está en el artículo 1 de la Ley 18.099, en la redacción que le dio el artículo 8 de la Ley 18.251. Para aplicarlo hace falta saber qué personas trabajaron para usted y en qué fechas, y por eso conviene guardar el registro de quiénes ingresaron a su planta por cada contratista.
¿Qué es el derecho a ser informado?
Es el derecho de la principal a que el contratista le informe el monto y el estado de cumplimiento de sus obligaciones laborales, previsionales y del seguro de accidentes respecto de sus trabajadores. El artículo 4 de la Ley 18.251 enumera los documentos que puede exigir.
- La declaración nominada de historia laboral y el recibo de pago de las cotizaciones al organismo previsional.
- El certificado que acredita la situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social.
- La constancia del Banco de Seguros del Estado que acredita la existencia del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- La planilla de control de trabajo, los recibos de haberes salariales y, en su caso, el convenio colectivo aplicable.
La principal también puede requerir los datos personales de los trabajadores comprendidos, para hacer los controles que estime pertinentes. Ver: qué documentación pedir a una empresa tercerizada y cómo ejercer el derecho a ser informado.
¿Cuándo la responsabilidad es subsidiaria y cuándo solidaria?
Es subsidiaria cuando la principal hace efectivo el derecho a ser informada, y solidaria cuando no lo ejerce. Lo dice el artículo 6 de la Ley 18.251. Subsidiaria no quiere decir que no responde: si el contratista no paga, paga la principal.
| Si no ejerce el derecho | Si lo hace efectivo | |
|---|---|---|
| Responsabilidad | Solidaria | Subsidiaria |
| A quién se le reclama | Al contratista o a la principal, a elección de quien reclama | Primero al contratista, y a la principal si el contratista no cumple |
| Qué cubre | Sueldos, aportes, prima del seguro de accidentes y lo adeudado al BSE, por el período y el personal del contrato | |
La ley no dice qué alcanza para que el derecho se considere ejercido en forma efectiva. Lo prudente es poder mostrar que se pidió la documentación, que se la revisó y que se actuó cuando faltaba algo.
¿Cada cuánto hay que pedir la documentación?
La ley no fija una frecuencia ni un procedimiento: solo enumera los documentos. Como los sueldos y los aportes se devengan todos los meses, la práctica habitual es pedirlos y revisarlos cada mes.
Un control que se hace una vez, al firmar el contrato, deja sin cubrir todo lo que se devengó después. Fije un día del mes para la entrega y deje registro de cada revisión.
¿Qué pasa si el contratista no entrega la documentación?
La principal puede retener de lo que le debe al contratista el monto correspondiente. Quien retiene queda obligado a pagar con esa retención al trabajador, a la entidad previsional acreedora y al Banco de Seguros del Estado. También puede pagar por subrogación.
Está en el artículo 5 de la Ley 18.251. Ver: retención de pagos y pago por subrogación.
¿Qué trabajos quedan afuera de la ley?
Las obras o los servicios que se ejecutan o prestan de manera ocasional. El trabajo zafral o de temporada no se considera ocasional, así que queda comprendido. La distribución de productos se rige por su propia norma.
La definición de subcontratación incluye las actividades accesorias del establecimiento, y la ley nombra el mantenimiento, la limpieza, la seguridad y la vigilancia. Ver: qué figura es su contratista y qué queda afuera.
¿El control de documentos cubre también la seguridad?
No. La responsabilidad de la principal incluye el deber de colaborar en la aplicación de las medidas de seguridad de la Ley 5.032, y el Decreto 246/024 pide garantizar la coordinación cuando dos o más empresas trabajan a la vez en el mismo lugar. Tener los papeles al día no reduce esos deberes.
La documentación muestra que el contratista cumple con su gente. Cómo se trabaja en su planta se controla con permisos de trabajo, inspecciones e inducción.
¿Cuáles son los errores más comunes?
Pedir la documentación solo al comienzo del contrato, recibirla sin revisarla, controlar a la empresa y no a las personas que ingresan, retener un pago sin destinarlo a lo adeudado y no dejar registro de lo que se pidió.
- Pedir todo al firmar el contrato y no volver a pedirlo.
- Archivar la nómina del BPS sin compararla con las personas que entraron a la planta.
- Aceptar el certificado común como única prueba: acredita la situación de la empresa, no que cada trabajador esté declarado.
- No avisarle a la portería: el documento faltó en la oficina y la persona siguió entrando.
¿Cómo se lleva en Auditans el control de la Ley 18.251?
En Auditans cada documento del artículo 4 se carga como un requisito que usted define: la nómina y el pago de aportes como requisito mensual de la empresa, el certificado común y la constancia del BSE con su fecha de vencimiento, y lo que corresponde a cada trabajador. Cada envío queda con quién lo mandó, y cada revisión con quién la hizo y cuándo.
- Un requisito mensual abre uno nuevo cada mes, y el de cada mes queda en el registro con su respuesta.
- Lo que se le pide a cada empleado del contratista se pide persona por persona.
- Si usted marca un requisito como obligatorio para ingresar, en la portería se ve si la persona está habilitada y qué le falta.
Auditans no decide si el derecho a ser informado se ejerció en forma efectiva ni garantiza la responsabilidad subsidiaria: le ayuda a hacer el control y a conservar la prueba de que lo hizo.